Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandante y CONFIRMADA la sentencia apelada, en el juicio seguido por la Ciudadana Rafaela García de Velásquez contra el ciudadano Pedro José García Padrón, partes identificadas en autos, que declara Sin Lugar la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales.