este Tribunal, por cuanto consta en autos el pago referido por la representación Judicial de la parte actora. Homologa el Desistimiento del Recurso de Apelación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, norma cuya aplicación analógica se adopta con fundamento en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.