Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano MIGUEL NARCISO SUAREZ TORRES, en contra de la entidad de trabajo FARMACIA ORIENTE, C.A. Y Solidariamente a los ciudadanos BARBARA MORENO Y LUIS MORENO, supra identificados, y en consecuencia, declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS no contrarios a derecho, se reconoce la relación laboral, la causa de terminación de ésta, el tiempo de servicio y el salario alegado por el demandante y se condena a la parte demandada FARMACIA ORIENTE, C.A. Y Solidariamente a los ciudadanos BARBARA MORENO Y LUIS MORENO, supra identificados, al pago de Los conceptos descritos en la motiva de esta sentencia.