Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la circunscripción judicial del estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:Se Admite el presente recurso de nulidad interpuesto por AGUAS TERMALES HOTEL & SPA en contra de la Providencia administrativa N° 176-2010 de fecha 26 de mayo de 2010 dictada por la Inspectoria del trabajo de San Juan de los Morros que ordena el reenganche y pago de salarios caidos a favor del ciudadano Roman Simon Castro Ochoa, titular de la cédula de identidad N°13.875.005.