Resumen de la Dispositiva:
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda intentada por los ciudadanos Raúl Antonio Navarro y Miguel Antonio Orazma Torrealba, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las Cédulas de Identidad No. 5.160.726 y 4.394.910, respectivamente contra la Estación de Servicio Los Llaneros S.R.L, inscrito en Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 16 de octubre de 1.969, bajo el No. 201, Tomo 3.
SEGUNDO: Por cuanto consta en autos que los demandantes devengan menos de 3 salarios mínimos al mes, no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo.
Una vez vencido el lapso para la publicación del presente fallo, déjese transcurrir el lapso para que.....