Por las razones antes expuestas, este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE el presente Recurso de Amparo intentado por el Abogado Juan José Pino de la Rosa, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante Ciudadano SEIJAS PACHECO MARTÌN ANTONIO, todo con base a el ordinal 5to. Del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales