Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN por parte del ciudadano RUBEN JOSE BARRIOS ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 10.665.388, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 151 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por los ciudadanos, CARLOS ANIBAL CASTILLO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- JUAN DE MATA VALIENTE, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 4.797.603, CARLOS JAVIER MORENO MEDINA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 6.494.278, JOSE RAMON ALVARADO LORETO, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 8.783.543, FRANK REINALDO LORETO.....