En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la defensa de prescripción alegada por la demandada, en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos: Yanett Torres y Leocadio Naranjo, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el Sombrero municipio mellado del Estado Guárico y portadores de las Cédulas de Identidad No. 10.666.838 y 11.124.409 respectivamente, en contra de Antón Shukri Nasser Posthas, titular de la cédula de identidad N° 11.039.133, en su carácter de representante del Hato Guariquito.