Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Recusación planteada por el ciudadano PABLO EMILIO LEDEZMA MENDEZ, Venezolano, mayor de edad titular de la Cédula de Identidad número V-12.363.376, debidamente asistido por el profesional del derecho ciudadano JOSÉ LUIS DA SILVA RUÍZ, Venezolano, mayor de edad e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 69.147, en contra de la ciudadana CRISTAL CARRERAS CAMPELO, en su carácter de Juez de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, sede Valle de la Pascua.
Se ordena remitir el expediente al Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, a los fines leg.....