´ Se dictó decisión Nº PJ0102026000042, mediante el cual este Juzgado declaró: 1) Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de Nulidad interpuesto (...) 2) INADMISIBLE el Recurso (...).Todo ello relacionado con el Recurso de Nulidad interpuesto por el abogado Wilmer Enrique GUERRA FLORES (INPREABOGADO Nº 213.541), actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano VICTOR JOSÉ OJEDA VELASQUEZ y otros, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO ORTIZ DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO. ´