Por todos los fundamentos de hecho y derecho expuestos, este JUZGADO DE MUNICIPO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO PEDRO ZARAZA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el Sobreseimiento de la presente solicitud de Inspección Extrajudicial presentado por la ciudadana ESPERANZA QUIAME GUTIERREZ, plenamente identificada, y así se decide.
La presente decisión es inapelable, en virtud de lo expuesto por la Sala Constitucional en Sentencia N° 1452 de fecha 24-10-2013 que entre otras cosas señalo "La apelación es un recurso que tiene por objeto provocar un nuevo examen de la relación controvertida por parte del Juez del Segundo grado de Jurisdicción, a través de su efecto devolutivo... Es decir, la apelación es un medio de gravamen y por tanto, la legitimación de su ejercicio depende de la eventual afectación que una sentencia produce...", en tal sentido.....