este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial estado Guárico, con sede en Altagracia de Orituco; administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR como ÙNICO Y UNIVERSAL HEREDERO y en consecuencia conforme a los autos se declara a su hijo HECTOR JOSE CASTILLO FALCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-21.581.710, domiciliado en la calle Colombia E-99, de la Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas, del estado Guárico, como ÙNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, de los derechos dejados por el DE CUJUS, HECTOR JOSE CASTILLO VIVAS, quien en vida fuera de nacionalidad venezolano, y titular de la cédula de identidad N° V-5.893.452, fallecido ab-intestato en la Parroquia Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas, estado Guárico, en fecha quince (15) de .....