Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora recurrente, Ciudadana LIRIS COROMOTO OLIVARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.599.033, y domiciliada en la Casa Nº 73, Vereda 03, de la Urb., Francisco Torralba, de Altagracia de Orituco, Municipio José Tadeo Monagas del estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en esta ciudad, de fecha 28 de Septiembre de 2016 que declaró la perención breve de la Instancia y la extinción del proceso y así se decide.
SEGUNDO: Por la naturaleza del procedimiento no hay expresa con.....