Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA TITULO SUFICIENTE a favor de la ciudadana MARY SAI BLANCO, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-6.162.324, sobre las bienhechurías construida en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en el Barrio La Trinidad calle 8 entre carreras 2 y 3, casa s/n, de esta ciudad de Calabozo, Municipio Miranda del Estado Guarico, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con ejidos municipales en (12,05 + 1.55+ 0.25 Mts) SUR: Con la calle 8 del Barrio la Trinidad en (14.70 Mts), ESTE: Petra Solórzano, Carmen Solórzano y Carmen Ríos en (20.20 + 33.30 Mts) y OESTE: Alvarado Matiz en (18,15+ 30,70 Mts). Dicho Inmueble esta constituido p.....