En cuanto a las pruebas promovidas por la representación Judicial del co-demandado, ciudadano Juan Carlos Pulido, ut supra identificado, en el escrito de contestación de fecha 14 de Enero de 2.017, que riela al folio 113 y 118, presentado por el abogado José Arquímedes Díaz, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 60.919, quien para la fecha cumplía con las funciones de Defensor Público Agrario, y ratificadas por el Defensor Público Agrario primero; abogado José Caldera Castillo, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 271.036, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública Agrario del estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, promovió prueba de Inspección Judicial sobre los lotes de terreno objeto de litigio, en tal virtud se admite por no ser contraria al orden público y su valor probatorio se apreciará en la definitiva. En consecuencia destaca esta Instancia Judicial Agraria que la parte accionante solicitó la misma probanza sobre los mismos lotes de terrenos, objeto de autos, ra.....