Se publicó y registro decisión en la que se decreto,1. Se decretó medida preventiva privativa de libertad adolescente IDENTIDAD OMITIDA. 2. Se acordó oficiar a la Onidex de Calabozo, a los fines de que remitan a este Tribunal ficha alfábetica del adolescente presentado y a la oficina de Registro Civil de Apurito, Estado Apure, a los fines de que remitan copia certificada del acta de nacimiento del adolescente. 3. Se acuerda la practica de evaluación Psiquiátrica y Psicológica del adolescente por ante la Entidad de Atención para el cumplimiento de medida privativa de libertad Prof. José Damián Ramírez Labrador. 4. Se acuerda recabar información de los estudios cursados por el adolescente por ante la Unidad Educativa Bernoulli de Calabozo. 5. Se declara sin lugar la solicitud de la defensa en cuanto a que se le acuerde al adolescente medida cautelar sustitutiva de libertad. 6. Se acordó las copias a fin de que la fiscalia cumpla con lo establecido en el art 560 LOPNA.