Por presentada la anterior Solicitud de Protección de Cosecha,...En consecuencia, este Juzgado a los fines de pronunciarse sobre la admisión de la referida solicitud, observa que el libelo presenta las siguientes omisiones: ...
Una vez que subsane, el Tribunal se pronunciará sobre la admisión de la solicitud.
Por lo tanto este Juzgado en aplicación analógica de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en su artículo 210, primer aparte, insta al solicitante, para que proceda a subsanar en el lapso de tres (3) días de despacho, a derecho como está, los vicios o ambigüedades que posee la referida solicitud.- Se le otorga ese lapso de tiempo para que subsane