En consecuencia al pedimento antes expuesto; esta Sala de Juicio Nº 9, apreciando los elementos de autos y en aras al Principio de Celeridad Procesal, ordena el LEVANTAMIENTO DE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL PAÍS, decretada en fecha veinte (20) de diciembre de 1983, y notificado mediante oficio Nº 4319 de la misma fecha, recaída en la persona de la ciudadana SILVIA ELENA LIZARDO ALMENDRO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.891.122. Líbrese oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente asunto.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Novena (9°) del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en Caracas, a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil nueve (2009). Años: 199 de la Independencia y 150 de la Federación.-
LA JUE.....