.III.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO y de PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora abogado JACXON ENRIQUE ARRAIZ MALAVE, inscrito en el Instituto del Previsión Social del Abogado bajo el Nº 157.228, y se CONFIRMA la Sentencia del Juzgado de la recurrida, Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Bancario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en esta Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 12 de Diciembre de 2.018, y así se decide.
SEGUNDO: Vista la naturaleza de la presente decisión, no hay expresas condenatoria en COSTAS y así se establece.
Se deja constancia que la presente decisi.....