PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora-recurrente, ciudadano PEDRO FRANCISCO MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, casado, agricultor, titular de la cédula de identidad N° 4.345.900, domiciliado en Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico. Se declara CON LUGAR la oposición realizada por el tercero CEREALES CALABOZO C.A. representado por su Presidente, ciudadano RAFAEL RAMÓN HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.724.974, productor agropecuario, con domicilio en la ciudad de Calabozo, Estado Guárico, y se le ordena seguir ocupando el inmueble, instalaciones y equipos propiedad de la ejecutada Inversiones Los 15 C.A., en su condición de arrendataria, que fueron embargados ejecutivamente en fecha 21 de febrero de 2.005, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal del Estado Guárico. Se CONFIRMA igualmente el decreto de medida ejecut.....