DISPOSITIVA
PRIMERO: Con Lugar la demanda incoada por el ciudadano PEDRO JOSE RONDON MORONTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.361.130, en contra de la Empresa "TASCA RESTAURANT EL GRAN ITALIA, C.A.", inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) N° J-501561222.
SEGUNDO: Se declara la ADMISIÓN DE LOS HECHOS no contrarios a derecho, se reconoce la relación laboral, la causa de terminación de ésta, el tiempo de servicio, las vacaciones fraccionadas, bono vacacional, utilidades y el salario alegado por la demandante.
TERCERO: La cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO DOLARES AMERICANOS CON DOS CENTAVOS ($. 445,2). por concepto de prestaciones sociales previstas en el artículo 142 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.
CUARTO: La cantidad de CIENTO CINCUENTA Y SEIS DOLARES AMERICANOS CON SETENTA Y CINCO CÉNTAVOS ($. 156,75)., por concepto de Vacaciones y Vacaciones Fraccionadas la cual conforme a los Artículo.....