DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada FLOR ÁNGEL BARRIOS HERRERA, en representación de los encausados, cuya identidad se omite de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la ley que rige la materia especializada; contra decisión dictada en fecha 14-07-2011, y publicada en fecha 15-07-2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, de San Juan de Los Morros, estado Guárico, que decretó contra sus patrocinados, la DETENCIÒN PREVENTIVA DE LIBERTAD.
SEGUNDO: Se CONFIRMA, la medida decretada por la juzgadora con observancia al delito de ROBO AGRAVADO en .....