En atención a las anteriores consideraciones este Tribunal Unipersonal en función de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara culpables a los ciudadanos Nelsón Antonio Yépez Torres, Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, mayor de edad, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Rafael Yépez y de Carmen Torres, domiciliado en la Población de Cabudare, calle 09, casa N° 26-90 del Estado Lara, titular de la cédula de identidad Nº 7382174 y Deivis Antonio Chirinos Barreto, Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, mayor de edad, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Dionicio Chirinos y Diocencia Barreto, domiciliado en la Urb. Las Acacias , Av. 05 , entre calles 06 y 07, casa N° 03 de Cabudare, Estado Lara titular de la cédula de identidad N° 12848702, por la comisión del delito de Recolección de Productos Silvestres c.....