DISPOSITIVA
La Corte de Apelaciones de la Sección Especial de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública, Abogada Azucena Yurizham Álvarez López, en la condición de autos, y por vía de consecuencia, confirma en todas sus partes la providencia interlocutoria del Juzgado Primero de Control de éste Circuito de la Sección Especial, de fecha 20 de Septiembre de 2010, en el asunto seguido a los adolescentes E J D P y V J O R (Identidades omitidas). Se funda la decisión en los artículos 447.4, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 581 y 628 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Diarícese. Déjese copia certificada. Publíquese. Notifíquese a las partes. Bájese el expediente al tribunal de origen en su opo.....