Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, decide: SE OTORGA el BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado DELSON JOSE PINTO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-24.818.414, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido en fecha 07-10-1991, de 24 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Milagros del Carmen Pinto Valera y de Luís Vargas, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio Los Estanques, Sector 18 de Julio, casa Nº 64, Villa de Cura, Estado Aragua
el cual deberá cumplir en el Centro de Residencia Supervisada " FELIX SATURNINO ANGULO ARIZA ", ubicado en Maracay, Estado Aragua. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 479.1 y 500 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento de ocurrir los hechos. Publíquese, notifíques.....