Se registró y publicó decisión en la cual se decidió de la manera siguiente: PRIMERO: Se admite la acusación presentada por el Ministerio Público SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público. TERCERO: Se acuerda la ADMISION DE LOS HECHOS solicitada por el adolescente. CUARTO: Se impone al adolescente imputado, la sanción establecida en el Literal "b" del Articulo 620 de la LOPNA. Asi mismo, se otorga la Libertad del adolescente imputado desde esta sala de audiencias y si deja sin efecto la orden de captura librada. QUINTO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones, en su oportunidad legal al Tribunal Único de Ejecución.