En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano Jesús Corujo Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, 7.285.517 contra las empresas ALORCA C.A. inscrita el día 14 de junio de 1.988 ante el Registro de Comercio llevado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, bajo el N° 22 Tomo 5to, folio 55 al 67, modificada el 14 de enero de 1.994, modificada posteriormente a través de actas estatutarias registradas en fecha 14 de enero de 1.994 y 7 de mayo de 1.999 ante la oficina de Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, anotadas bajo los números 5 y 33 Tomo 2-B y 6- y CORPORACIÓN DE ABASTECIMIENTO y SERVICIOS AGRICOLAS C.A."LA CASA" inscrita el 2 d.....