PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte querellante Ciudadano JUAN JORGE ISAAC LOPEZ, venezolano, mayor de edad, productor agropecuario y titular de la cédula de identidad N° 3.952.464, y se CONFIRMA la Sentencia del Juzgado de la recurrida, Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 17 de febrero de 2.005, debiendo declararse la perención de la instancia y así se decide.
Publíquese, Regístrese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la Ciudad de San Juan de los Morros, a los Tres (03) día del mes de agosto de Dos Mil Cinco (2.005).- Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-
El Juez Titular.-
Dr. Guillermo Blanco Vásqu.....