SE ORDENÓ:
1.Oficiar al centro de reclusión donde se encuentra el precitado penado, esto es, a la Penitenciaría General de Venezuela, ubicada en esta misma ciudad y Estado y a la defensa, a fin de que consignen en la presente causa, la respectiva oferta de trabajo de dicho interno.
2.Oficiar a la Coordinación del Centro de Orientación y Diagnóstico de Tratamiento No Institucional del Ministerio del Interior y Justicia del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, a fin de que le sea practicado Informe Psicosocial al precitado penado.
3.Solicitar al sitio de reclusión donde se encuentra recluido el penado, información acerca de su situación jurídica actual, constancia de trabajo y conducta del mismo, y si éste a cometido delito o falta durante el tiempo de reclusión.
4.Oficiar a los otros dos tribunales de ejecución de este mismo Circuito Judicial Penal, a los fines de que informen a este juzgado, si ha dicho penado le fue otorgada con anterioridad y luego revocada cual.....