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Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la presente QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO incoada por la ciudadana ARIANNE ESTHER LAYA DE CONTRERAS contra los ciudadanos LAYA MORENO MARIA GRISETH y EDUARDO JOSE PEREZ, todos plenamente identificados en autos, sobre un inmueble constituido por una casa o vivienda familiar y el terreno donde se encuentra construida, ubicada en la calle Nº 01, casa A-17, manzana "A" de la urbanización LOS CERRITOS II, de la ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante, del Estado Guárico, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa Nº 01; SUR: Con Terreno que es o fue del señor Antonio Bandres y Carretera Nacional el Desvió; ESTE: Con casa y terreno ocupado por María Griseth Laya Mo.....