DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos supra expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Imparte la Homologación, al desistimiento del procedimiento efectuado el día 22 de Marzo de 2017, por el actor ciudadano Miguel Ángel Bethencourt, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-12.841.619, asistido en este acto por la abogada Beatriz Araujo, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 34.065,, en consecuencia se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Una vez firme el presente fallo se ordenará el cese del procedimiento y el consecuente archivo del expediente.
TERCERO: Se exime del pago de las costas dada la naturaleza del presente fallo.
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