CUARTO
DECISION
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, y en virtud que ha transcurrido un (01) año desde que se Decreto el Sobreseimiento Provisional, sin que hasta la fecha el Fiscal del Ministerio Publico, haya solicitado la reapertura de la presente causa, es por lo que, este Juzgado Quinto de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: se Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa, seguida al Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA , Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.363.029, nacido el 21-12-88, de 19 años de edad, reside: El cementerio, calle la Providencia, casa Nº 0343, al lado del mercado del Cementerio, hijo de Soraya Hernández (V) y Orlando Antonio Hernández (V), de profesión u oficio: estudiante (Bachillerato), de co.....