DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia de PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (Obligación de Manutención), Administrando Justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, con vista a los argumentos fácticos y normativos antes aludidos Declara: Con Lugar la solicitud de Extinción de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana JONALIS VERENICE FRANCHIOLLA CABANERIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.684.545, y el ciudadano JONATHAN JOSÉ FRANCHIOLLA MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.145.573, en fecha 01-10-2.013, y en consecuencia de lo decido, este Tribunal ordena librar oficio dirigido al Departamento de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras,.....