III
Dispositiva
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio Nieves y Ortíz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros; de conformidad con el artículo 253 constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL CIVIL existente entre los ciudadanos: WILLIAMS ENRIQUE COLMENARES GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.957.682, de este domicilio y MAIRELIS DEL VALLE REYES TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.671.824, de este domicilio, contraído por ante el Registrador Civil de la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio, del Estado Guárico, quedando anotada bajo el Nº 141, de fecha 25 d.....