"...este Juzgado...actuando en su competencia LABORAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano YUMER EDUARDO CEBALLO TOVAR contra EUGENIO PALACIOS, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, y como consecuencia de ello condena a este último a pagarle al accionante la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS QUINCE BOLIVARES (bS. 373.715,OO) por concepto de prestaciones sociales, así como los intereses de mora sobre la cantidad condenada y resultante por prestaciones sociales, de conformidad con el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde la fecha en que se hicieron exigibles al término de cada contrato de trabajo, a cuyo efecto su determinación debe estar incluida en la experticia complementaria del fallo ordenada. De conformidad con el artículo 274 del Código de Proce.....