Se dicto Resolución mediante la cual esta Juez Unipersonal N° 13, acordó ratificar Medida de protección en colocación familiar a favor de los adolescentes SE OMITE LA IDENTIFICACION, de dieciocho (18), diecisiete (17) y quince (15) años de edad respectivamente, a ejecutarse específicamente en su propio hogar, en el hogar de su familia de origen ubicado en: La Ciudad de Rubio, Barrio La Victoria, Piquero, Estado Táchira, donde vivirán con su tío, el ciudadano LUIS ENRIQUE DURAN y la abuela de los adolescentes ciudadana ROSA MONTAÑEZ, de conformidad con lo previsto en el artículos 8 y 126, literal "c" en concordancia con el artículo 405 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Por último se ordenó el cierre y archivo del presente asunto, y la desincorporación del archivo sede.