este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente decisión: Se ABSUELVE al Acusado, ciudadano ROBERTO IGNACIO AVILÉS, venezolano, mayor de edad, natural de Calabozo, Estado Guárico, nacido en fecha 13 de mayo de 1.969, de treinta y cinco (35) años de edad, chofer, hijo de María de la Cruz Avilés y José Mauricio Utrera, residenciado en la urbanización Fundacagua, calle América, casa Nº 39, frente a la cancha deportiva, Cagua, Estado Aragua y titular de la Cédula de Identidad personal Nº V-10.266.412; como autor del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código penal, , en perjuicio de los ciudadano, hoy occisos, José Antonio garcía y Glenda Camargo García.
Publíquese, diarícese, y notifíquese la presente Sentencia. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico.....