El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento de la Causa seguida al ciudadano Juan José Esparragoza, quién es venezolano, nacido en Valle de la Pascua el 05-04-62, casado, taxista, residenciado en el Barrio Brisas del Valle, sector 03, casa 22 de esta ciudad y cédula de identidad 8.807.756, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.