D I S P O S I T I V A
Es por lo que este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y la consecuente EXTINCIÓN del presente procedimiento por DIVORCIO seguido por la ciudadana MARIA NELVA ACOSTA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.476.052, casada, domiciliada en el Barrio Las Dinamitas, calle 4, callejón 2, casa s/n de esta ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, asistida jurídicamente, por la Abogada en ejercicio BELLATRIX PRIETO MOTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.267, contra CESAR ARTURO FLAME, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.794.384, domiciliado en la calle 11 entre carreras 9 y 10, frente a Agua Jamaica, c.....