SE ACUERDA MEDIDA DE PROTECCION a la ciudadana VICTORIA DOMINGA GUTIÉRREZ ALVAREZ, quien es mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-10.665.585 y domiciliada en el Barrio 12 de Octubre, Segunda Etapa, casa Número 03; razón por la cual se acuerda oficiar al comando de la zona policial número 01 del Estado Guarico, a fin de que ordene el patrullaje policial constante por el lapso de noventa (90) días continuos, en el lugar de residencia de la victima, sin que ello implique apostamiento policial en dicha residencia.