DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación formulada por la Fiscalía 8° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en contra del ciudadano ISMAEL JOSÉ GARCÍA RUIZ, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano FRANCISCO JOSÉ CARIO, admitiendo en su totalidad, los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público. SEGUNDO: Se DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de la defensa, en el sentido de desaplicar el penúltimo aparte del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se Admiten totalmente los Medios de Pruebas, ofrecidos por la Defensa P.....