Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso previsto en la Ley, debido al gran cúmulo de trabajo existente en este Tribunal, es por lo que se ordena notificar a la parte actora, y a los co-demandados ciudadanos FREIDER FREIDAN FELIZ FIGUEROA y FRANCELY ADELINA FELIZ QUINTANA, así como al ciudadano ISTARLIN ANTONIO FELIZ HERNANDEZ, todo de conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, incluso en la Pág. Web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, en Valle de la Pascua, a los Cinco (05) días del mes de Noviembre del año 2.013. Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación. -------------------------------
El Juez------------------------------------------------------------------------------------
DR. JOSÉ ALBERTO BERMEJO. ------.....