DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "FUNDO EL ROBLE" ubicado en el sector el Roblito, parroquia Uverito, municipio Camaguán del estado Guárico, constante de una superficie de setenta hectáreas con un mil seiscientos ochenta y dos metros cuadrados(70 ha con 1682 mts2) alinderado de la siguiente manera: Norte: terrenos ocupados por Fundo Sata Barbara, Fundo Bienvenido al Viviente que me Ve, Fundo Máximo Tovar y Fundo Wilmer Esqueda. Sur: terreno ocupados por Fundo Eudes Álvarez y Fundo Omar Morales. Este: Terreno ocupado por Fundo Marco Navarro y Oeste: carretera U.....