Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUAN Y SAN GERONIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su Competencia Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus MARIA GREGORIA AVILEZ, a los ciudadanos: CARMEN ALICIA AVILEZ, ALIS HUMBERTO AVILEZ, SANTOS ENRIQUE AVILES y CARLOS ENRIQUE AVILES, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 11.796.361, 11.796.420, 10.269.931 y 10.269.932, respectivamente, ambos de este domicilio, dejando a salvo expresamente los derechos de terceros, conforme a expresas disposiciones de la Ley.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA. DÉJESE CONSTANCIA EN EL LIBRO DIARIO Y EN EL DE SOLICITUDES. Devuélvase Original con sus resultas a los interesados......