DISPOSITIVA
En consecuencia, cumplidas con todas las formalidades de ley, y de conformidad con el artículo 253 Constitucional, éste TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN ROSCIO Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con fundamento en lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia declara como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana MARLENYS COROMOTO OROPEZA DIAZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad N° V-11.843.942, hija del de cujus ROMULO ISAIAS OROPEZA ZURITA, quien era Venezolano, Mayor de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.797.399, quién falleció como consta en Acta de Defunción Nº 111, expedida por el Consejo Nacional Electoral, Oficina de Registro Civil, Valle de la Pascua, Municipio Le.....