DISPOSITIVA
El Juzgado No. 02 de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en función de Juicio y constituido con Escabinos, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley previa deliberación y por unanimidad. DECIDIO: PRIMERO: DECLARAR CULPABLE al acusado GARCIA LINERO ALBERT MANUEL, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 23-08-83, de 19 años de edad, de estado civil soltero, Albañil, desempleado, hijo de Pedro López (v) y Rosa Elena Linero (v), residenciado en el Barrio Carlos Pérez, Calle Caroní, casa No. 10, de Valle de la Pascua, Estado Guarico, portador de la cédula de identidad Nº 17.000.545 y lo CONDENA a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO mas las penas accesorias contenidas en el articulo 13 del Código Penal; por ser COAUTOR en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal........