este Juzgado del Municipio José Félix Ribas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia Civil y de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana: ILENIA MARIA VELASQUEZ, en beneficio de los niñas xxxxxxxxxxxxxy xxxxxxxxxxxxxxxx, la obligación de manutención establecida ante esta instancia Judicial y se fija la cantidad OCHENTA BOLIVARES (Bs. 80,00) semanal, asi como médico, medicinas cuando se requiera, lo correspondiente a época escolar y decembrina en su totalidad.-
El monto de la Obligación de Manutención aquí fijada a favor de las niñas: xxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxxxx ; será manejada a través de una cuenta de ahorros, que el obligado deberá depositar en la Cuenta de Ahorro N° 1750146170060639385, en el Banco Bicentenario, de esta localidad, a nombre de las niñas y será administrada por .....