II
DISPOSITIVO
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la TRANSACCIÓN celebrada en el presente Juicio de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL entre el ciudadano HECTOR JOSE DIAZ MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 56.592 actuando en su condición de Apoderado Judicial de los ciudadanos GIORGIO ANTONIO CANNATA VINDIGNI, GADYS SOFIA CANNATA VINDIGNI, SERGIO CANNATA VINDIGNI y ROBERTO CANNATA VINDIGNI titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 7.296.991, V-4.392.326, V- 4.390.839 y 8.997.460, Parte Accionante, en el presente juicio, y la Parte Accionada, ciudadano VICENZO BRIGUGLIO MONTELEONE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.787.920, asistido por el Abogado en .....