DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, Tribunal de Juicio N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando bajo la modalidad de Tribunal Unipersonal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECIDE:-------------------------------------
PRIMERO: Se Absuelve al acusado: MATIAS ANTONIO REYES Venezolano, soltero, obrero, de 31 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12. 635.026, natural de Aragua de Barcelona Estado Anzoátegui, hijo de Ramona Reyes y Matías Rojas y residenciado en sector saco II, calle 4, casa N° 27 Tucupido, Estado Guarico, de la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 472 en su primer aparte y 278, ambos del Código Penal; en perjuicio de PEREZ MANUEL ANTONIO y EL ESTADO VENEZOLANO.-------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Por .....