DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda intentada ISABEL PINO contra ANTONIO NOVELLINO HERNANDEZ Y MARISABEL SERRANO, ambas partes identificadas en autos y, como consecuencia de ello, se declara: PRIMERO: Entregar el inmueble constituido por el apartamento N° 4C, situado en el cuarto piso, del Edificio Centro 63, ubicado en la Avenida Urdaneta. en el ángulo noreste de la esquina Las Animas, formada por la intersección de la calle Norte 9, con la calle Este 1, Parroquia Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital ¿ Caracas libre de bienes y de personas, en las mismas buenas condiciones en que lo recibió.- SEGUNDO: En pagar a la parte actora la cantidad de Cuatro Mil Bolívares Fuertes (Bs.F. 4.000,000) por concepto d.....